Nueva ley hipotecaria

Era un secreto a voces que muchos bancos obligaban a sus clientes a contratar sus seguros de hogar y de vida para que estos pudieran conseguir una hipoteca con un buen interés. De este modo, se aseguran mantenerlos ligados durante varias décadas y ganaban, de paso, un buen dinero al año. Esto ha cambiado a partir del 16 de junio de 2019 con la entrada en vigor de la Ley Reguladora de Contratos de Crédito Inmobiliario, que da al prestatario el poder de escoger a la aseguradora que le ofrezca el mejor precio.

¿Que dice la nueva Ley Hipotecaria de 2019?

La nueva Ley hipotecaria que entro en vigor el pasado 17 de junio, recoge una de las demandas tradicionales del sector asegurador, en concreto, de los corredores de seguros: que se prohíba la venta vinculada de seguros a los créditos inmobiliarios.

La nueva ley hipotecaria establece que el banco podrá exigir “la suscripción de una póliza de seguro en garantía del cumplimiento de las obligaciones del contrato de préstamo, así como la suscripción de un seguro de daños respecto del inmueble objeto de la hipoteca”. Dicho de otro modo, podrá obligar al cliente a firmar un seguro de hogar y uno de vida y/o de protección de pagos, que es un requisito que ya demandan la mayoría de las entidades financieras.

Esta misma normativa obliga al banco a aceptar pólizas alternativas de cualquier otro proveedor de seguros. Y todavía hay más, ya que si el cliente finalmente contrata el seguro con otra compañía, eso “no podrá suponer empeoramiento en las condiciones de cualquier naturaleza del préstamo”. Dicho de otro modo, la entidad no podrá subirnos el interés si elegimos a una aseguradora que no trabaje con ella.

Así las cosas, los requisitos de vinculación para poder conseguir una hipoteca no sufrirán demasiados cambios con la nueva ley, más allá de la libertad para contratar los seguros con cualquier compañía sin que suba el interés.

En consecuencia, el cliente tendrá una libertad total para elegir con quién contrata las pólizas, lo que le permitirá comparar el precio que le den varias aseguradoras y elegir la que tenga una mejor oferta. Asimismo, podrá evitar los seguros de prima única financiada que algunos bancos vinculan a sus hipotecas. Estos productos salen más caros a la larga, ya que su coste se añade al importe del préstamo y, por lo tanto, genera intereses.

Vinculación de las entidades bancarias con las aseguradoras

Se producen un gran número de reclamaciones por parte de los asegurados debido al desembarco de las entidades financieras en el sector de los seguros, y a la mala praxis con el que las mismas  los comercializan, pues se trata de un ámbito en el que no están especializadas, limitándose a la venta de seguros como meros productos vinculados a los préstamos, y sin dar en la mayoría de los casos la información detallada a la que están obligados por ser los contratos de seguro “contratos de adhesión”.

 

Las consecuencias de la irrupción de los bancos en el ámbito de los seguros son las siguientes:

  • Se ha cambiado la figura de asesor, profesional que vela por el interés del cliente recomendando el seguro que más se adapta a sus necesidades y es más imparcial, dado que no está vinculado con ninguna entidad financiera, por la de comercial de banca que presta estos servicios y donde el grado de imparcialidad es difícilmente presumible.
  • Por ello el banco impone contratar el seguro con la aseguradora a la que está vinculado, así quienes venden estos seguros son comerciales, con escasos conocimientos en el ámbito asegurador pues no han sido específicamente formados para ello, por lo que no pueden calibrar si se trata o no de un producto adecuado para el cliente.
  • La imposición de la contratación de un seguro con una de las filiales aseguradoras del banco, como condición para contratar un préstamo se trata de un claro conflicto de intereses en el que a todas luces el más perjudicado es el cliente.